Duimp y reforma tributaria: el sistema define el código del ítem según el fundamento legal elegido. El cobro de CBS/IBS empieza en 2027.
El Siscomex, el portal de comercio exterior de Brasil, programó para el 27 de septiembre de 2026 los cambios de la Duimp, la Declaración Única de Importación, para la reforma tributaria del consumo. El Comunicado Siscomex Importación nº 100/2026, firmado por áreas de la Receita Federal (administración tributaria federal de Brasil) y de la Secretaría de Comercio Exterior (Secex), afirma que no habrá cobro ni recaudación de CBS e IBS, los nuevos tributos sobre el consumo, antes del 1 de enero de 2027. Hasta entonces, el cambio está en el llenado: el sistema define el código tributario de cada ítem a partir del fundamento legal seleccionado.
Antes del cambio, el sistema se detuvo. La Notícia Siscomex Sistemas nº 016/2026 anunció la parada programada de 19 sistemas, entre ellos la Duimp y la DU-E (declaración única de exportación), el sábado 26 de septiembre de 2026, de las 14:00 a las 18:00 (hora de Brasilia). El comunicado nº 100/2026 mantuvo bloqueado el registro de Duimp hasta las 23:59 de ese día, por indisponibilidad temporal de la red bancaria, y lo liberó a las 00:00 del 27 de septiembre.
La Notícia Siscomex Importação nº 089/2026, del 19 de agosto de 2026, enumera cuatro cambios en la Duimp. El Lugar de la Operación de Consumo (UF, es decir, estado, y municipio) pasa a ser obligatorio. El campo "otros tributos/derechos" es obligatorio hasta su liberación. El campo cClassTrib termina su vigencia, y los fundamentos legales (FL) para CBS e IBS son opcionales. Leímos la lista de cambios, no el detalle de cada uno.
<strong>Importador.</strong> Es quien registra la Duimp. Según el comunicado nº 100/2026, ya no será necesario llenar el cClassTrib en los ítems, y los códigos CST y cClassTrib de cada ítem serán definidos por el sistema con base en los fundamentos legales seleccionados. El texto avisa que algunos FL opcionales de CBS e IBS "no estarán disponibles" y serán implementados "a lo largo de la semana siguiente". El registro con un FL inapropiado por falta de la opción correcta "no será motivo de penalizaciones".
<strong>Agente de carga y NVOCC.</strong> Los textos leídos no mencionan a agentes de carga ni a NVOCC.
<strong>Exportador.</strong> La única referencia a la exportación en los textos leídos es la parada programada del 26 de septiembre, que incluyó la DU-E. Los cambios descritos son de la Duimp.
Nuestra lectura
la pregunta que no puede esperar a 2027 es quién, en su empresa y en su cadena, elige el fundamento legal de cada ítem, ya que de él el sistema pasa a derivar el código tributario. La tolerancia es transitoria: faltan opciones de FL, el registro con un FL inapropiado por falta de la opción correcta no genera penalidad, y el cobro empieza el 1 de enero de 2027. En nuestra lectura, el dato registrado ahora es el historial que su empresa tendrá cuando llegue el cobro. Para el importador, eso exige definir quién decide y quién verifica el fundamento de cada ítem, una elección que requiere lectura técnica del producto y de la operación. Para el agente de carga y el NVOCC, los datos de la carga que alimentan la declaración del cliente tienden a pesar más: conviene saber si lo que usted traslada llega a la Duimp sin divergencias.
Preguntas para su empresa
- Importador: ¿Quién en su empresa elige el fundamento legal de cada ítem de la Duimp, y con qué base, ya que el sistema pasa a definir el código tributario a partir de él?
- Importador: Si una Duimp se registró con un fundamento legal inapropiado por falta de la opción correcta, ¿está identificada para revisión cuando la opción esté disponible?
- Importador: ¿Quién mantiene el estado y el municipio del Lugar de la Operación de Consumo, hoy obligatorios, y de dónde viene ese dato?
- Agente de carga y NVOCC: ¿Qué datos de la carga traslada usted al cliente importador, y llegan a su Duimp sin retrabajo ni divergencias?
- Todos: ¿Quién en su empresa sigue los comunicados del Siscomex sobre la reforma tributaria, y en cuánto tiempo llegan a quien registra la operación?
En cifras
- US$ 7,74 mil millones
- superávit de la balanza comercial en septiembre, un 146,4% más que en septiembre de 2025 (US$ 3,14 mil millones)
- US$ 34,42 mil millones
- exportaciones de septiembre, un 12,9% más; las importaciones sumaron US$ 26,68 mil millones, un 2,4% menos
- US$ 61,09 mil millones
- comercio total en septiembre, un 8% más
- US$ 8,3 mil millones
- exportaciones a Europa en septiembre, un 51,9% más
- +31,9%
- exportaciones a EE. UU. en septiembre; en lo que va del año, caída del 6,5%
- US$ 84,4 mil millones
- proyección del superávit de 2026, por debajo de la anterior (US$ 90 mil millones)
El superávit comercial de septiembre fue de US$ 7,74 mil millones, un 146,4% más que en septiembre de 2025. Las exportaciones subieron un 12,9% y las importaciones cayeron un 2,4%. La proyección del superávit de 2026 se redujo de US$ 90 mil millones a US$ 84,4 mil millones.
Fuentes
- Siscomex, Comunicado Importação nº 100/2026 (23/09/2026)
- Siscomex, Notícia Importação nº 089/2026 (19/08/2026)
- Siscomex, Notícia Sistemas nº 016/2026 (22/09/2026)
Qué cambió
EE. UU.: la CBP reajusta las tasas aduaneras COBRA para el año fiscal 2027
Estados Unidos
La aduana de EE. UU. (CBP) reajustó por inflación, con un ajuste del 38,322%, las tasas aduaneras COBRA para el año fiscal 2027, exigidas desde el 1 de octubre de 2026. La tasa de procesamiento de mercaderías (MPF) tiene un mínimo de US$ 34,58 y un máximo de US$ 670,86, y la alícuota del 0,3464% sobre el valor quedó igual. La llegada de un buque comercial pasó a US$ 604,47 y el permiso de agente de aduanas, a US$ 190,88. La remesa expresa tiene una tasa de US$ 1,38.
Lectura Gentil: Si su empresa vende a EE. UU. en DDP y actúa como importador registrado, revise las cotizaciones de las operaciones desde el 1 de octubre de 2026: el piso y el techo de la tasa de procesamiento fueron reajustados, y la alícuota no. En las ventas con precio ya cerrado, defina quién absorbe la diferencia.
Fuente: Federal Register, 2026-15530 (31/07/2026), CBP, taxas aduaneiras COBRA
EE. UU.: la USITC abre la revisión quinquenal del antidumping sobre papel de aluminio de Brasil
Estados Unidos
La USITC, la comisión de comercio internacional de EE. UU., inició la revisión quinquenal de las órdenes antidumping sobre papel de aluminio de Armenia, Brasil, Omán, Rusia y Turquía, y de las órdenes compensatorias de Omán y Turquía. La orden original es del 12 de noviembre de 2021. La revisión evalúa si la revocación llevaría a la continuación o a la recurrencia de daño material. Los plazos están en la agenda.
Lectura Gentil: Si su empresa exporta papel de aluminio de Brasil a EE. UU., decida ahora si participará en la revisión y quién responde el cuestionario de la USITC. Las fechas de respuesta y de comentarios no esperan el análisis del tema.
Siscomex Remessa pasa a rechazar declaraciones con NCM incompleta o cClassTrib fuera del patrón
Siscomex
En el Siscomex Remessa, la declaración de importación de remesas (DIR) exige una NCM (Nomenclatura Común del Mercosur) con al menos los seis primeros dígitos de un código válido y un cClassTrib de seis dígitos. La transmisión fuera de ese patrón es rechazada, y la DIR no se registra. El comunicado de la Coana, área de la Receita Federal que administra la aduana, es del 28 de septiembre de 2026 y trata la regla como efectiva desde el 1 de octubre de 2026.
Lectura Gentil: Quien transmite remesas necesita saber quién mantiene la NCM y el cClassTrib de cada producto: un registro con código incompleto pasa a impedir el registro de la declaración. Note que el tratamiento difiere del de la Duimp, en la que el cClassTrib dejó de llenarse.
Fuente: Siscomex, Comunicado Importação nº 101/2026 (28/09/2026)
Agenda
- 7/10
- Fecha estimada, no oficial ("on or around"), de la determinación final de antidumping del Departamento de Comercio de EE. UU. sobre pulpa para disolver de Brasil; el margen preliminar fue del 7,20% para Bracell (19/05/2026)
- 8/10
- Webinario de la ANTAQ sobre la revisión de la norma de sobrestadía de contenedores (demurrage y detention), 15:00 (hora de Brasilia), YouTube
- 8 y 9/10
- El comisario europeo de Comercio, Maroš Šefčovič, en Pekín para el Consejo de Comercio e Inversión UE-China (según la AFP)
- 16/10
- Plazo para manifestar interés en la revisión del antidumping de EE. UU. sobre papel de aluminio de Brasil, que decide si la medida sigue (Departamento de Comercio de EE. UU.)
- 20/10
- Cierre de las contribuciones a la ANTAQ sobre demurrage y detention, 23:59 (hora de Brasilia)
- 22/10
- Plazo de habilitación ante la USITC, la comisión de comercio internacional de EE. UU., para participar en la revisión sobre papel de aluminio de Brasil (21 días después de la publicación del 1 de octubre)
- 29/10
- Reunión del Gecex, el comité de la Camex (Cámara de Comercio Exterior de Brasil) que decide aranceles de importación, 9:30 (hora de Brasilia)
- 31/10
- Último día para solicitar la revisión administrativa de las medidas de EE. UU. sobre alambrón de acero de Brasil
- 2/11
- Respuestas a la USITC en la revisión sobre papel de aluminio de Brasil, hasta las 17:15 (hora de Washington)
- 4/11
- Comentarios al aviso de la CBP sobre las restituciones de los aranceles IEEPA
- 9/11
- Fin de la suspensión de las tasas portuarias de EE. UU. sobre buques vinculados a China, 23:59 (hora de Nueva York); hasta el 3/10, ninguna prórroga publicada
- 4/12
- Comentarios a la FMC, la comisión marítima federal de EE. UU., sobre su portal de reclamaciones y mediación
- 8/12
- Comentarios sobre adecuación ante la USITC en la revisión sobre papel de aluminio de Brasil
- 1/1/2027
- Inicio del cobro de CBS e IBS, según el Siscomex (Comunicado Importación nº 100/2026)
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